Perú está atravesando una grave crisis política después de que el 9 de noviembre el congreso de la república peruana decidiera destituir al Presidente Martín Vizcarra.
La razón para que el congreso decidiera destituir al entonces presidente se debió a que este fue acusado “de incapacidad moral” para ejercer su cargo; ya que se le acusaba de haber recibido sobornos durante su anterior mandato en el Gobierno Regional de Moquegua. Sin embargo, aún el expresidente no había sido imputado por la justicia peruana por ese asunto.
Esta no es la primera vez que se quería destituir al expresidente, puesto que en el año 2019, el anterior congreso también quiso destituirlo. Sin embargo, los destituidos fueron ellos, los congresistas, realizándose entonces nuevas elecciones para elegir a nuevos parlamentarios. Hoy, estos nuevos parlamentarios lograron realizar lo que sus antecesores no consiguieron.
El número de congresistas que votaron a favor de la vacancia o destitución del presidente Vizcarra fueron 105, mientras 19 votaron en contra y 4 se abstuvieron.
¿Hizo el congreso lo correcto o fue un Golpe de Estado?
Veamos lo que dice La Constitución peruana con respecto a la destitución de un presidente:
El artículo 117 de la Constitución de Perú dice lo siguiente:
“El presidente de la república sólo puede ser acusado durante su periodo por traición a la patria, por impedir las elecciones parlamentarias, presidenciales, regionales o municipales; por disolver el congreso, salvo los casos previstos en el artículo 134 de la Constitución, y por impedir su reunión o funcionamiento, o los del jurado nacional de elecciones y otros organismos del sistema electoral.”
Como podemos leer, el presidente puede ser acusado si este ha disuelto el congreso, excepto si dicha disolución se ha dado bajo lo que expone el artículo 134 de la Constitución.
Veamos ahora lo que dice el artículo 134 con respecto a disolver el Congreso, ya que en 2019 el anterior congreso fue disuelto por el presidente Vizcarra para dar paso a este nuevo congreso.
“El presidente de la república está facultado para disolver el congreso, si este ha negado o censurado su confianza a dos consejos de ministros. El decreto de disolución contiene la convocatoria a elecciones para un nuevo congreso. Dichas elecciones se realizan dentro de los cuatro meses de la fecha de disolución, sin que pueda alterarse el sistema electoral preexistente. […]”
Justamente lo que dice este artículo 134 fue el motivo por el cual se disolvió el anterior congreso, así que el entonces Presidente Martín Vizcarra actuó bajo el marco de la Constitución.
Si analizamos ahora la razón por la que supuestamente se vaca al presidente, siguiendo con otro artículo de la Constitución, el artículo 113 dice lo siguiente:
La presidencia de la República vaca por:
- Muerte del Presidente de la República.
- Su permanente incapacidad moral o física, declarada por el congreso.
- Aceptación de su renuncia por el congreso
- Salir del territorio nacional sin permiso del congreso o no regresar a él dentro del plazo fijado.
- Destitución, tras haber sido sancionado por alguna de las infracciones mencionadas en el artículo 117 de la constitución.
Solo se le destituye por todas estas pautas establecidas en el artículo 117 y en el artículo 113; en los cuales no se menciona que el Presidente de la República sea vacado por sospechas de corrupción, más aún, si estas no han sido comprobadas por un tribunal de justicia.
Mientras tanto, el artículo 114 dice lo siguiente:
“El ejercicio de la presidencia de la república se suspende por: Incapacidad temporal del presidente, declarada por el congreso o por hallarse este sometido a proceso judicial, conforme al artículo 117 de la constitución.”
Es decir, que para que el presidente sea sometido a un proceso judicial, una causa sería el impedimento de elecciones. Sin embargo, este no quedaría destituido, sino suspendido de sus funciones mientras dure el proceso judicial, y solamente se daría la destitución cuando este proceso haya terminado.
La destitución del expresidente Vizcarra fue inconstitucional
Estas son las únicas faltas por las que un presidente puede ser destituido. No obstante el congreso destituyó al actual presidente por una falta que no se encuentra escrita en ninguna página de la constitución peruana, sin haberle permitido que se abra un proceso judicial o haber discutido una suspensión, aunque el proceso judicial y la suspensión solo se llevan a cabo cuando se ha infringido las normas que estipula la constitución en el artículo 117.
Para la destitución del Presidente, el congreso se basó en el artículo 113, donde se menciona que “La presidencia de la República vaca por: Su permanente incapacidad moral o física, declarada por el congreso.”
Dicho artículo se refiere a que un presidente debe ser destituido porque no está habilitado para gobernar, ya sea porque sufre de un problema físico o mental, mas no porque se le haya relacionado en ciertos delitos de sobornos, ya que dichos delitos sólo pueden ser perseguidos una vez haya finalizado su mandato.
Por otro lado, el artículo 115 de la Constitución establece que:
“Por impedimento general o permanente del Presidente de la República, asume sus funciones el primer vicepresidente. En defecto de este, el segundo vicepresidente. Por impedimento de ambos, el Presidente del Congreso. Si el impedimento es permanente, el presidente del congreso convoca de inmediato a elecciones. […]”
Como lo estipula el artículo, de no haber un Presidente o Vicepresidente apto para ocupar el cargo, el Presidente del Congreso debe convocar inmediatamente a elecciones y no autoproclamarse Presidente de la República, como lo ha hecho el señor Merino creando un nuevo gabinete.
En resumen, el Congreso peruano ha actuado de una forma completamente anticonstitucional. Y por lo tanto no es desacertado llamar a esto un Golpe de Estado, ya que no hay un solo artículo en la Constitución peruana que avale estos hechos.
La reacción del pueblo peruano
Desde el momento en que se conoció la vacancia del Presidente Martín Vizcarra, el pueblo peruano ha salido a protestar, y estas protestas se registraron en todo el país.
Mientras tanto, el señor Merino, proclamado presidente de la República de manera inconstitucional, no se ha dirigido a la nación para dar un mensaje de paz y tratar de calmar a sus compatriotas.
Por otro lado, el Primer ministro de gobierno, el señor Antero flores Araoz ha dicho que “no logro comprender el descontento de la población.”
Un político que estuviera a favor de su pueblo no haría esta clase de afirmaciones, sobre todo cuando estas manifestaciones no sólo se están realizando en Lima, sino en todo el país. Una manifestación que empezó pacifica se ha tornado en tragedia, y ya dos jóvenes han perdido la vida por la fuerza policial.
Como consecuencia, periodistas y gerentes del Canal del Estado (TVPerú) han renunciado a sus cargos porque se les ha intentado censurar para que parasen de transmitir las manifestaciones sobre el gobierno de Merino.
Los manifestantes también han denunciado que se han infiltrado en las manifestaciones agentes del Grupo Terna (unidad especializada de la División de Operaciones Especiales de la Policía Nacional, los cuales visten de civil).
En suma, las manifestaciones y la lucha constante del pueblo peruano parecen estar logrando su objetivo, ya que el señor Merino presentó su renuncia a la presidencia después de que varios de sus ministros (al menos 19 de ellos) también renunciaran.
Esperemos que la esperanza vuelva al pueblo peruano, aunque el camino hacia una democracia consolidada está siendo arduo.
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